2.3.4.1   Esfuerzos para mejorar en diseño, colocación y distribución de la deuda pública1/

 

2.3.4.1.1 Objetivo específico: Crear condiciones para un mercado líquido con el fin de generar protección del inversionista, eficiencia en la política monetaria, reducción costo de endeudamiento y estabilidad del sistema financiero.
Cobertura geográfica: Nacional.
Institución responsable: Ministerio de Hacienda (MH):  Tesorería Nacional.
Institución corresponsable: Banco Central de Costa Rica (BCCR).

 

Población objetivo Indicador Situación actual  Metas
2002-2006
Banco Central de Costa Rica y Ministerio de Hacienda 2.3.4.1.1.1 Porcentaje de deuda pública interna estandarizada 22,5% de la deuda es estandarizada

50,0% de la deuda estandarizada

2.3.4.1.1.2 Porcentaje de deuda pública interna colocada por medio de la subasta o medios electrónicos 70,0% de la deuda se coloca por medios electrónicos

80,0% de la deuda colocada por medios electrónicos

 

Fuente de financiamiento / año 2002 2003 2004 2005 2002-2006

Consultoría internacional para Canje de la Deuda
(en millones de colones)

- - - - 20,0

 

1/ La estandarización no se limita únicamente a establecer condiciones homogéneas para los títulos valores que se emiten, i.e. mismo plazo, tasa, periodicidad, etc., como lo efectuado en Costa Rica hasta el momento; el objetivo último de este proceso es aumentar la eficiencia del sistema financiero, desarrollar el mercado secundario, mejorar la efectividad de la política monetaria,  estructurar adecuadamente la deuda del Estado en el tiempo y reducir su costo. Por lo anterior, el proceso debe continuar para incorporar además, el establecimiento de un programa regular y preanunciado de colocaciones, realizar la sustitución o canje de títulos vigentes por deuda estandarizada, concluir el proceso de desmaterialización iniciado, dar igual tratamiento a emisiones públicas y privadas con respecto a varios conceptos: características de los títulos según estándares internacionales, montos mínimos de las emisiones, lograr homogeneidad en los títulos emitidos por las instituciones públicas, no existencia de diferentes emisiones según se trate del tipo de tenedor y adoptar en general las convenciones acordadas internacionalmente en cuanto a plazos, tasas, valoración, periodicidad, etc.