4.1.3.2   Incorporación de los funcionarios policiales al Estatuto Policial

 

4.1.3.2.1 Objetivo: Incorporar a los funcionarios policiales, que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley General de Policía, al Estatuto Policial con el propósito de lograr su estabilidad laboral.
Cobertura geográfica: Nacional.
Institución responsable: Ministerio de Seguridad Pública  (MSP).

 

Población objetivo Indicador Situación actual
2002 
Metas
2002 2003 2004 2005 2006 2002-2006
Funcionarios policías del MSP

4.1.3.2.1.1
Porcentaje de funcionarios incorporados al Estatuto Policial

21,41%
Acumulado

-

6,25%

6,25% 6,25% 6,25% 25%1/

 

Fuente de financiamiento / año 2002 2003 2004 2005 2006 2002-2006
Presupuesto Nacional
(en millones de colones)
- 375,0 423,7 478,8 523,6 1 801,1

1/ Se operacionalizó respondiendo a lo estipulado en la Ley General de Policía Nº 7410. Transitorio único.

Modificaciones por fecha

Fecha de solicitud: 16/07/2003
Jerarca de la institución que solicitó las modificaciones:
Lic. Rogelio Ramos Martínez, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública
Fecha de aprobación por MIDEPLAN: 21/08/2003
Jerarca que aprobó las modificaciones:
Lic. Jorge Polinaris Vargas, Ministro a.i.  de Planificación Nacional y Política Económica.
Incorporadas:
02/10/2003

Nombre del campo Información al 01/10/2003 Modificaciones del 01/10/2003
Acción La acción estratégica no existía Se incluye la acción con la información respectiva

 

Nombre del campo Información al 10/11/2003 Modificaciones del 10/11/2003

Responsable

Ministerio de Seguridad Pública y Gobernación (MSP). Ministerio de Seguridad Pública (MSP).